Fumigación “razonable”: liberan uso de agrotóxicos a 100 metros de las poblaciones

El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, calificó como «lógico, importante y razonable» el fallo judicial que permite la aplicación de agroquímicos en aplicaciones terrestres a partir de un radio de 100 metros de los límites de loteos subrurales y poblaciones, y de 500 en aplicaciones aéreas.

La demanda judicial y amparo ambiental fue presentada a principios de noviembre por Ximena Rosso, presidenta de la Comisión Vecinal que vive con su hijo menor de edad en la urbanización «Tierra Alta», a unos 500 metros de la localidad de Colonia Ensayo (departamento Diamante).

Rosso solicitó suspender las fumigaciones a menos de 1.100 metros desde el límite del loteo, y a menos de 3 kilómetros si son aéreas, ya que quienes viven ahí «están expuestos a químicos nocivos por la contaminación en el suelo, agua superficial y subterránea y el aire».

En la denuncia detalló que el 5 de abril del 2023 constataron que se hacían aplicaciones por la noche, sin habilitación, sin ingeniero agrónomo y sin tener en cuenta las condiciones ambientales aptas para esta actividad.

También la mujer adjuntó análisis clínicos que demuestran que sufre una fuerte alergia a venenos, medicamentos o el látex; y estudios de su hijo menor de edad por una reagudización del cuadro de bronquitis.

Finalmente, manifestaron que hay una «falta de pruebas del daño al ambiente y salud» de los agroquímicos, y negaron «la autenticidad» de los estudios médicos y la «supuesta sintomatología dañosa en el menor de edad».

Sin embargo, el juez dispuso la aplicación del criterio del decreto 2239/19, que establece unos 100 metros para fumigaciones terrestres y 500 para éreas como distancias mínimas para la aplicación de plaguicidas.

Fuente: Economía sustentable

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